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Redacción Teknosfera
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Tu gemelo sintético necesita un contrato, no un pelotazo puntual

Que los deportistas cedan licencias de clones de IA parece una anécdota, pero anticipa un problema de todos: la identidad digital necesita límites, fecha de caducidad y derecho de veto.

Publicado
24 de octubre de 2026
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4 min
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Imagen generada con IA

¿De quién es tu cara cuando una máquina puede ponérsela? Los deportistas están entre los primeros obligados a responder, y su respuesta importará mucho más allá del campo.

El último caso es el de Cristian Volpato. Según informó Business Wire en septiembre, está utilizando el AI Rights Registry de Callandor para crear un registro verificado de consentimiento, permisos, condiciones de licencia y usos autorizados de la IA. Sportsbiz.ai lo describe como la documentación de los permisos de IA sobre su imagen, su voz y sus datos, con gemelos digitales con licencia en el horizonte.

Pensamos que lo interesante no es el gemelo, sino el papeleo que lo rodea.

El cobro es la cláusula menos importante

Con cualquier mercado de licencias nuevo, la tentación es mirar el cheque. Resístela. Un gemelo sintético no es un póster ni un contrato de camisetas: puede seguir trabajando cuando el contrato ya se haya olvidado, en contextos que nadie imaginaba al firmarlo.

Por eso los detalles importan más que la cifra. El despacho de abogados Parsons Behle sostiene que los deportistas deben tratar las cláusulas sobre réplicas digitales como un punto real de negociación, no como letra pequeña de relleno, y exigir precisión sobre usos autorizados, contexto, duración y compensación. Lee de nuevo esa lista: usos, contexto, duración, dinero. Solo una de las cuatro tiene que ver con el cobro. Las otras tres son los límites, la caducidad y, por extensión, el veto.

Nuestra opinión es tajante: una licencia sobre tu imagen que no tenga fecha de fin, usos definidos y una forma de decir «esto no» no es una licencia. Es una cesión de tu identidad con mejor relaciones públicas.

Un registro es buena idea, pero no es un escudo

El despacho Marks & Clerk, en su análisis del registro, afirma que los movimientos, la voz y los datos biométricos de los deportistas pueden acabar en modelos de IA sin transparencia ni un sistema estandarizado de royalties, y que un registro les permite licenciar su identidad y cobrar royalties cuando los sistemas de IA se basan en su imagen. El diagnóstico convence. Presentar a los deportistas como «los datos de entrenamiento de la próxima generación del entretenimiento digital» es una frase incómoda, y no creemos que sea errónea.

Pero un registro es un libro de cuentas, no una ley. Anota aquello a lo que diste tu consentimiento; no frena a quien nunca lo consultó. Y fíjate en quién más puede beneficiarse del modelo: según el mismo análisis, clubes y estudios también podrían comercializar sus archivos de vídeo como material de entrenamiento. ¿Qué consentimiento cubre el archivo de un partido? Ese conflicto entre la identidad del jugador y las imágenes de su empleador es justo donde esperamos las próximas batallas.

También seríamos cautos con las afirmaciones comerciales. Son descripciones de una plataforma y de un acuerdo hechas por las empresas y los despachos que los rodean, y no hemos visto pruebas públicas de cuánto dinero genera realmente todo esto.

El mosaico legal es el verdadero riesgo, y nos afecta a todos

En Estados Unidos, la protección depende mucho de dónde vivas y de dónde se difunda el contenido. La ELVIS Act de Tennessee cubre la replicación de voz mediante IA. La AB 2602 de California deja sin efecto las cláusulas genéricas de réplica digital, salvo que el artista contara con representación legal y el contrato describa con claridad el uso. La AB 1836 exige el consentimiento de los herederos antes de usar comercialmente una réplica de un deportista o artista fallecido. El Congreso, entretanto, no ha aprobado la NO FAKES Act, según Parsons Behle.

Fíjate en el patrón: las mejores leyes empujan, en esencia, hacia el diseño de contrato que defendemos, es decir, usos concretos, consentimiento informado y atención a lo que ocurre tras la muerte. Pero también dan por supuesto que tienes abogado. La mayoría de quienes ceden su voz a una aplicación, un empleador o una plataforma no lo tendrá.

Ese es el anticipo. Los deportistas de élite tienen representantes, abogados y registros. El resto tiene una casilla de términos de servicio. Si una estrella del fútbol quiere un registro verificado de permisos, ¿qué dice eso de un autónomo cuya muestra de voz está en el servidor de una empresa?

Qué hacer con todo esto

Si eres deportista, o cualquiera con una cara o una voz con valor comercial: no firmes nunca una cesión genérica de derechos digitales. Exige usos concretos, una duración, una vía de revocación y una cláusula sobre qué pasa con el gemelo cuando termine el acuerdo o cuando mueras. Revisa contratos antiguos en busca de redacciones demasiado amplias.

Si eres una empresa, trata la imagen generada con IA como una cuestión de autorización de derechos y de riesgo para la marca, como la plantea JD Supra, y no como un atajo creativo.

Y si eres legislador, copia la idea, no el caso excepcional de los famosos: haz que la caducidad y la precisión sean la norma para todos. El acuerdo de Volpato parece un experimento útil. Solo será bueno si el gemelo se puede apagar.

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